Tal y como
decimos por aquí: ¡Mas clarito no canta el gallo! ¿Verdad que sí? Pero, lo más indignante es ver como los
desvergonzados sindicalistas hacen huelgas para que nosotros sigamos pagándoles
sus “salarios y beneficios de lujo.” Por
un lado, el impuesto único es inaceptable y solo sirve para alimentar al
elefante blanco gubernamental. A nivel
nacional, yo no veo ningún beneficio tangible o abstracto de dicho impuesto. Pero, yo lo reemplazaría con el impuesto de
venta que todos pagamos por otros productos y servicios. ¡Eso sí me parece justo y apropiado! Por otro lado, yo no quiero pagar ni un
céntimo a RECOPE para que sus sindicalistas disfruten de sus onerosos “salarios
y beneficios de lujo.” Si ellos quieren
beneficios, que los paguen con las cuotas de agremiado que pagan. ¡Ahí sí van a ser austeros los cara-e-barros! JA-JA-JA
Su
servidor;
Steven J.
Caamaño
Consumidores costean ¢25.000 millones de
beneficios a RECOPE
Por Juan
Fernando Lara S. | 21 Octubre 2015
- Por litro de combustible que pagan los
usuarios, 0,86% financia pluses y ayudas de 1.742 empleados de la empresa
estatal. El país consume 8,2 millones de litros diarios de carburantes.
En los
últimos 21 meses, los compradores de combustibles aportaron ¢25.690 millones
para financiar la convención colectiva de los 1.742 trabajadores de RECOPE.
Solo en el
2014, la venta nacional de los hidrocarburos aportó ¢14.357 millones al fondo
obrero. Con corte a setiembre, el acumulado de este año ya asciende a ¢11.335
millones.
Al cierre
del 2015, ese patrimonio habrá absorbido al menos ¢28.000 millones en dos años,
el equivalente a $51,8 millones al tipo de cambio actual.
La
previsión se basa en que la demanda de carburantes en nueve meses del 2015 es
semejante a la tendencia de consumo en el mismo lapso del 2014.
Al dividir
los ¢25.690 millones entre los empleados, a cada uno corresponde un promedio de
¢14,7 millones en beneficios, fruto de la demanda registrada entre enero de
2014 y setiembre de 2015, conforme a registros históricos de consumo
suministrados por la propia entidad.
Esta
convención se costea de un cobro promedio de 0,86% por litro de combustible:
unos ¢4,65 según sea la tarifa de cada producto incluidos búnker, asfalto y
emulsión asfáltica.
Entre otros
beneficios, la convención colectiva alimenta un fondo de ahorro, sirve para
otorgar préstamos, financiamiento para vivienda y recreación, así como servicio
de restaurante, bono por mérito, por peligrosidad, cesantía, servicio de
transporte del personal, útiles escolares, materiales para organizar
recepciones, becas para hijos de los trabajadores entre otros. También compra
de medicinas que no tiene la Caja Costarricense del Seguro Social y diversos
servicios de salud.
La
Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) divulgó el porcentaje hace dos
semanas en conferencia de prensa cuando uno de sus directivos detalló sus
costos de operación.
Los ¢4,65
asociados al porcentaje parecen una suma pequeña al diluirse entre cientos de
colones que cuesta el litro de la mayoría de hidrocarburos (las gasolinas
superan los ¢500).
Sin
embargo, esos colones adquieren otro matiz a la luz de los 8,2 millones de
litros diarios que ya se consumen en Costa Rica según estadísticas de RECOPE.
La convención
colectiva sí está por debajo de lo que la empresa extrae para salarios y cargas
sociales que absorben 1,2% (¢6,7 en promedio por litro) de las tarifas.
¿Quién
aporta más? Los beneficios del fondo laboral se reflejan en salarios, confirmó
Luis Carlos Solera, jefe de Estudios Financieros y Económicos de RECOPE.
El mayor
rubro es el pago de anualidades (55% del fondo). Otro 22% se destina a un rubro
de ahorro para los empleados.
Quienes más
cooperan con los pluses en RECOPE son los usuarios de automotores que usan
diésel –incluido transporte público– con 38% del dinero de la convención en los
últimos 21 meses para un total de ¢9.789 millones.
Les siguen
los usuarios de gasolina regular con el 20% (¢5.331 millones), los compradores
de gasolina súper con 17%(¢4.439 millones) y después quienes compran gas de
cocina con 8,5% (¢2.528 millones).
Solo ese
grupo de clientes financió 84% la convención colectiva. El resto emana del
consumo de otros derivados y las compras para generación térmica de luz del
Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) durante el periodo analizado.
A revisión.
Al considerar que las convenciones colectivas no tienen relación directa con la
prestación de servicios públicos, la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos (ARESEP) resolvió excluir los gastos relativos a la convenciones de
los ajustes tarifarios en el servicio regulado.
En agosto,
rechazó ¢5.000 millones de una solicitud presentada por RECOPE, al juzgar que
ese dinero era para su convención.
La medida
motivó una protesta organizada para la próxima semana, según Manuel Rodríguez,
secretario general del Sindicato de Trabajadores Petroleros, Químicos y Afines
(SITRAPEQUIA).
Pese al
disgusto, el sindicalista aseguró que hay interés de cooperación para
renegociar con la administración los términos de la actual convención colectiva.
“Hay un
deseo genuino de que el resultado sea favorable a ambas partes y también ante
la opinión pública, pero respetando que la convención es un derecho consagrado
en la propia Constitución”, expresó Rodríguez
Víctor
Morales, ministro de Trabajo, sí apoya la postura de la ARESEP, al considerar
que este tipo de acuerdos pueden convertirse en herramientas de uso-excesivo y
lesivas para el erario.
“Desde este
ministerio hemos hecho un esfuerzo por eliminar cláusulas que, en lo tocante a
recursos públicos, nos parecen excesivas”, declaró Morales.
Para Luis
C. Solera, la creación de pluses en las convenciones colectivas responde a lo
poco competitivos que son las remuneraciones en el sector público.
“¿En qué
empresa privada pagan dedicación exclusiva? En ninguna. La pregunta que debemos
plantear es si los salarios públicos son o no competitivos”, consideró el
funcionario.
Sobre
convenciones colectivas
Es un
acuerdo que fija condiciones generales de trabajo del personal y resulta de una
negociación entre voceros de los trabajadores (sindicatos) y patronos.
Como su
nombre lo indica, sirve para regular en un sentido amplio condiciones de
trabajo y de productividad. De igual modo, fijan obligaciones recíprocas para
promover una “paz laboral”.
Dichos
deberes suelen incluir medios para resolver conflictos cuando estos surjan
entre ambas partes y cualquier otra pauta para gobernar otros aspectos de las
relaciones laborales. Un atributo de la convención colectiva es que cubre a
todos los trabajadores durante un periodo específico, el que también se fija en la negociación que da
origen al convenio.
Cuando
concluye ese periodo, las partes vuelven a negociar condiciones y fijar otro
lapso de vigencia de estas. En Costa Rica tienen su origen y fundamento en el
artículo 62 de la Constitución Política.
La norma
dice: “Tendrán fuerza de ley las convenciones colectivas de trabajo que, con
arreglo a la ley, se concierten entre patronos o sindicatos de patronos y
sindicatos de trabajadores legalmente organizados”.
Si bien su
naturaleza jurídica le otorga esa fuerza de ley, esta solo se aplica entre las
partes contratantes pues la convención colectiva no es una ley formal aprobada
por el Congreso. Así consta en una sentencia del 22 de octubre del 2012 del
Juzgado Contencioso-Administrativo y Civil de Hacienda, la cual luego ratificó
el 28 de agosto del 2013 un fallo del Tribunal Contencioso-Administrativo.
Basándose
en esos fallos, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP)
recientemente anunció que excluirá gastos de convención colectiva de futuros
ajustes tarifarios pues esas erogaciones son ajenas a la prestación de los
servicios públicos regulados.
Fuente:
http://www.nacion.com/nacional/servicios-publicos/Consumidores-costean-millones-beneficios-Recope_0_1519448052.html