Krissia
Morris Gray | 11 Enero 2016
Los gastos
derivados al pago de beneficios contenidos en las convenciones colectivas no
pueden ser trasladados a las tarifas que pagan los consumidores, así lo
ratifica la Contraloría General de la República (CGR) al improbar dicha
pretensión en la solicitud de aprobación presupuestaria para el 2016,
presentados por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL), la Refinadora
Costarricense de Petróleo (RECOPE) y la Junta de Administración Portuaria y de
Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA).
El no
contar con una fuente de ingresos que los financie es la justificación común
externada por la entidad fiscalizadora en tres diferentes oficios: la 18.815
(referida a la CNFL), la 18.819 (en la que responde a RECOPE) y la 18.959 (en
la que se le da contestación a JAPDEVA). A las tres entidades la Contraloría
giró una aprobación parcial del presupuesto solicitado.
Con esto,
la entidad fiscalizadora viene a reconfirmar resoluciones emitidas por la
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARECEP) contra la CNFL y RECOPE,
cuando rechazó gastos en varios rubros de las respectivas convenciones
colectivas, por considerar que no guardaban relación con la prestación del
servicio público que suministran a la población.
En agosto
anterior, la Intendencia de Energía de la ARECEP le rechazó gastos por
beneficios convencionales por el orden de ¢5.000 millones a RECOPE, pues entre
otros involucraban pago de servicios de odontología, psicología, ginecología y
trabajo social, además de la subvención al servicio de soda.
Mientras que,
en el caso de la CNFL, la ARECEP desautorizó el uso de ¢4.183 millones porque
se refieren al Fondo de Ahorro y Crédito, destinado principalmente al
financiamiento de vivienda para sus empleados, el del Centro de Recreación
Sindical, servicio de soda, la celebración del Día del Funcionario, entre otros
beneficios.
¿POR QUÉ
NO?
En el caso
de RECOPE, la Contraloría señaló que “se imprueba por no contar con la fuente
de ingresos que los financie, el contenido presupuestario para todos aquellos
gastos que son excluidos y detallados en las resoluciones números RIE-091-2015
y RIE-101-2015, del 21 de agosto y 13 de octubre, ambas de 2015, dictadas por
la ARECEP al amparo de las facultades legales otorgadas en los artículos 4, 5,
6 y 32 de la Ley 7.593, del 5 de setiembre de 1996”, se indica en el oficio
18.819 del 17 de diciembre anterior.
Ante esta
situación, la Contraloría le autorizó un presupuesto de ¢1,3 billones para el
2016.
De acuerdo
con la entidad fiscalizadora “las sumas que resulten de esta improbación
deberán ser trasladadas a cuentas especiales: sumas sin asignación
presupuestaria, una vez que la Contraloría devuelva el presupuesto inicial 2016
en el Sistema de Información sobre planes y presupuestos (SIPP)”.
En lo
referente a la CNFL, la CGR le autorizó un presupuesto de ¢278.488 millones y
al igual que RECOPE deberá trasladar las sumas improbadas a cuentas especiales
en el SIPP.
¿MÁQUINAS
PARA EJERCICIOS?
A JAPDEVA
también les rechazaron gastos a rubros de la convención colectiva y para esto
la CGR se basó en una sentencia judicial emitida por el Tribunal Contencioso
Administrativo el 22 de octubre del 2012, que entre otros aspectos puntualizó
que “la convención colectiva de JAPDEVA distorsiona los costos de los servicios
portuarios competitivos”.
Por esta
razón, el 18 de diciembre anterior, en el oficio 18.959, la entidad
fiscalizadora agrega que “la práctica de cubrir dichos gastos con ingresos
tarifarios conlleva a un estrechamiento del margen de utilidad que limita las
posibilidades económicas de JAPDEVA para ejecutar futuros proyectos de
inversión atinentes a la actividad portuaria, acorde a su visión institucional,
por lo tanto, compromete el cumplimiento del principio de sostenibilidad”.
Además, a la autoridad portuaria le rechazaron gastar ¢3.000 millones para la
compra de máquinas con el fin de que los empleados se ejercitaran.
JAPDEVA
pretendía adquirir una bicicleta para hacer spinning, una pista eléctrica,
pesas, tablas abdominales, entre otros, los cuales serían ubicados en el
Polideportivo de JAPDEVA que según justificó la administración en la solicitud
de presupuesto es “para la enseñanza, la práctica de deportes y la realización
de actividades de entretenimiento institucionales en función de la salud mental
y física de los empleados”.
Dichos
equipos, reconoció la administración de JAPDEVA, no están justificados en la
convención colectiva de la entidad, pero son considerados necesarios para que
el polideportivo pueda cumplir con su función de impulsar actividades
deportivas y recreativas de los funcionarios de la entidad y la comunidad
limonense.
Para el
2016, tras las improbaciones realizadas, a JAPDEVA le autorizaron un
presupuesto de ¢60.091 millones.
Fuente: http://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/280738/gastos-de-convencion-colectiva-no-pueden-incluirse-en-tarifas-
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