Monday, January 11, 2016

Gastos de convención colectiva no pueden incluirse en tarifas

Krissia Morris Gray | 11 Enero 2016

Los gastos derivados al pago de beneficios contenidos en las convenciones colectivas no pueden ser trasladados a las tarifas que pagan los consumidores, así lo ratifica la Contraloría General de la República (CGR) al improbar dicha pretensión en la solicitud de aprobación presupuestaria para el 2016, presentados por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL), la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) y la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA).

El no contar con una fuente de ingresos que los financie es la justificación común externada por la entidad fiscalizadora en tres diferentes oficios: la 18.815 (referida a la CNFL), la 18.819 (en la que responde a RECOPE) y la 18.959 (en la que se le da contestación a JAPDEVA). A las tres entidades la Contraloría giró una aprobación parcial del presupuesto solicitado.

Con esto, la entidad fiscalizadora viene a reconfirmar resoluciones emitidas por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARECEP) contra la CNFL y RECOPE, cuando rechazó gastos en varios rubros de las respectivas convenciones colectivas, por considerar que no guardaban relación con la prestación del servicio público que suministran a la población.

En agosto anterior, la Intendencia de Energía de la ARECEP le rechazó gastos por beneficios convencionales por el orden de ¢5.000 millones a RECOPE, pues entre otros involucraban pago de servicios de odontología, psicología, ginecología y trabajo social, además de la subvención al servicio de soda.

Mientras que, en el caso de la CNFL, la ARECEP desautorizó el uso de ¢4.183 millones porque se refieren al Fondo de Ahorro y Crédito, destinado principalmente al financiamiento de vivienda para sus empleados, el del Centro de Recreación Sindical, servicio de soda, la celebración del Día del Funcionario, entre otros beneficios.

¿POR QUÉ NO?

En el caso de RECOPE, la Contraloría señaló que “se imprueba por no contar con la fuente de ingresos que los financie, el contenido presupuestario para todos aquellos gastos que son excluidos y detallados en las resoluciones números RIE-091-2015 y RIE-101-2015, del 21 de agosto y 13 de octubre, ambas de 2015, dictadas por la ARECEP al amparo de las facultades legales otorgadas en los artículos 4, 5, 6 y 32 de la Ley 7.593, del 5 de setiembre de 1996”, se indica en el oficio 18.819 del 17 de diciembre anterior.

Ante esta situación, la Contraloría le autorizó un presupuesto de ¢1,3 billones para el 2016.

De acuerdo con la entidad fiscalizadora “las sumas que resulten de esta improbación deberán ser trasladadas a cuentas especiales: sumas sin asignación presupuestaria, una vez que la Contraloría devuelva el presupuesto inicial 2016 en el Sistema de Información sobre planes y presupuestos (SIPP)”.

En lo referente a la CNFL, la CGR le autorizó un presupuesto de ¢278.488 millones y al igual que RECOPE deberá trasladar las sumas improbadas a cuentas especiales en el SIPP.

¿MÁQUINAS PARA EJERCICIOS?

A JAPDEVA también les rechazaron gastos a rubros de la convención colectiva y para esto la CGR se basó en una sentencia judicial emitida por el Tribunal Contencioso Administrativo el 22 de octubre del 2012, que entre otros aspectos puntualizó que “la convención colectiva de JAPDEVA distorsiona los costos de los servicios portuarios competitivos”.

Por esta razón, el 18 de diciembre anterior, en el oficio 18.959, la entidad fiscalizadora agrega que “la práctica de cubrir dichos gastos con ingresos tarifarios conlleva a un estrechamiento del margen de utilidad que limita las posibilidades económicas de JAPDEVA para ejecutar futuros proyectos de inversión atinentes a la actividad portuaria, acorde a su visión institucional, por lo tanto, compromete el cumplimiento del principio de sostenibilidad”. Además, a la autoridad portuaria le rechazaron gastar ¢3.000 millones para la compra de máquinas con el fin de que los empleados se ejercitaran.

JAPDEVA pretendía adquirir una bicicleta para hacer spinning, una pista eléctrica, pesas, tablas abdominales, entre otros, los cuales serían ubicados en el Polideportivo de JAPDEVA que según justificó la administración en la solicitud de presupuesto es “para la enseñanza, la práctica de deportes y la realización de actividades de entretenimiento institucionales en función de la salud mental y física de los empleados”.

Dichos equipos, reconoció la administración de JAPDEVA, no están justificados en la convención colectiva de la entidad, pero son considerados necesarios para que el polideportivo pueda cumplir con su función de impulsar actividades deportivas y recreativas de los funcionarios de la entidad y la comunidad limonense.

Para el 2016, tras las improbaciones realizadas, a JAPDEVA le autorizaron un presupuesto de ¢60.091 millones.


Fuente: http://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/280738/gastos-de-convencion-colectiva-no-pueden-incluirse-en-tarifas-

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